martes, 4 de agosto de 2009

Como desgrava mi hipoteca

Como cada año tenemos una cita con Hacienda. Nuevamente nos encontramos ante la obligación de realizar la Declaración de la Renta correspondiente al año fiscal pasado y estar bien informado es imprescindible.
Lo que muchos clientes desconocen y considero que es importante saber cuando se va a adquirir una vivienda es que en ocasiones, y según las circunstancias personales de cada individuo, hacienda te paga hasta dos mensualidades de hipoteca.
Este echo está en peligro de extinción debido a la reciente reforma de ley de promulgada por Zapatero que eliminará esta deducción a partir de 2011 bajo ciertos criterios que bien merecen otro post más adelante.
Hasta entonces quien haya comprado una vivienda o la compre con anterioridad al 1/1/2011 se beneficiará del proyecto de Ley del IRPF de Julio de 2006. En éste la compra, al igual que la construcción o rehabilitación de la vivienda, siempre que constituya o vaya a constituir la residencia habitual -aquella vivienda que constituye el lugar de residencia de manera continuada durante un plazo de, como mínimo, 3 años- lleva consigo las siguientes ventajas fiscales:

Cuando para la compra, al igual que la construcción o rehabilitación de la vivienda, se utilice un préstamo concedido por una entidad bancaria con el que:
  1. se financie al menos el 50% del coste de la vivienda habitual adquirida o de la rehabilitación
  2. y no se amortice golbalmente más del 40% del préstamo en los 3 primeros años de duración del mismo.
Los porcentajes de deducción variarán según la Comunidad Autónoma. Para el caso de Cataluña éstos serán:

AÑOS

IMP. MÁX DEDUCCIÓN

MODO

DEDUCCIÓN

TODOS LOS AÑOS

9.015 €

<>

MÁX. 16.5%

TODOS LOS AÑOS

9.015 €

≥ 33 AÑOS/PERSONA

MÁX. 13.5%


Para conseguir las deducciones más favorbles, en el caso del IRPF para Cataluña, con esta fiscalidad se deberá cumplir como mínimo una de estas condiciones:
  1. ser menor de 33 años.
  2. haber estado en situación de desempleo durante más de 180 días durante el ejercicio fiscal.
  3. teneru un grado de discapacidad mayor al 65%.
  4. formar parte de una unidad familiar que incluya un hijo como mínimo en la fecha de meritación del impuesto.
Así que haz tus propios cálculos y hazlos pronto porque, como he dicho al inicio, estas deducciones están en peligro de extinción o, como mínimo, a estos niveles. ¿A que ahora no te parece Hacienda tan enemiga? Y es que:

"Buenas cuentas, conservan amistades"

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