Como cada año tenemos una cita con Hacienda. Nuevamente nos encontramos ante la obligación de realizar la Declaración de la Renta correspondiente al año fiscal pasado y estar bien informado es imprescindible.
Lo que muchos clientes desconocen y considero que es importante saber cuando se va a adquirir una vivienda es que en ocasiones, y según las circunstancias personales de cada individuo, hacienda te paga hasta dos mensualidades de hipoteca.
Este echo está en peligro de extinción debido a la reciente reforma de ley de promulgada por Zapatero que eliminará esta deducción a partir de 2011 bajo ciertos criterios que bien merecen otro post más adelante.
Hasta entonces quien haya comprado una vivienda o la compre con anterioridad al 1/1/2011 se beneficiará del proyecto de Ley del IRPF de Julio de 2006. En éste la compra, al igual que la construcción o rehabilitación de la vivienda, siempre que constituya o vaya a constituir la residencia habitual -aquella vivienda que constituye el lugar de residencia de manera continuada durante un plazo de, como mínimo, 3 años- lleva consigo las siguientes ventajas fiscales:
Cuando para la compra, al igual que la construcción o rehabilitación de la vivienda, se utilice un préstamo concedido por una entidad bancaria con el que:
Para conseguir las deducciones más favorbles, en el caso del IRPF para Cataluña, con esta fiscalidad se deberá cumplir como mínimo una de estas condiciones:
Lo que muchos clientes desconocen y considero que es importante saber cuando se va a adquirir una vivienda es que en ocasiones, y según las circunstancias personales de cada individuo, hacienda te paga hasta dos mensualidades de hipoteca.
Este echo está en peligro de extinción debido a la reciente reforma de ley de promulgada por Zapatero que eliminará esta deducción a partir de 2011 bajo ciertos criterios que bien merecen otro post más adelante.
Hasta entonces quien haya comprado una vivienda o la compre con anterioridad al 1/1/2011 se beneficiará del proyecto de Ley del IRPF de Julio de 2006. En éste la compra, al igual que la construcción o rehabilitación de la vivienda, siempre que constituya o vaya a constituir la residencia habitual -aquella vivienda que constituye el lugar de residencia de manera continuada durante un plazo de, como mínimo, 3 años- lleva consigo las siguientes ventajas fiscales:
Cuando para la compra, al igual que la construcción o rehabilitación de la vivienda, se utilice un préstamo concedido por una entidad bancaria con el que:
- se financie al menos el 50% del coste de la vivienda habitual adquirida o de la rehabilitación
- y no se amortice golbalmente más del 40% del préstamo en los 3 primeros años de duración del mismo.
AÑOS | IMP. MÁX DEDUCCIÓN | MODO | DEDUCCIÓN |
TODOS LOS AÑOS | 9.015 € | <> | MÁX. 16.5% |
TODOS LOS AÑOS | 9.015 € | ≥ 33 AÑOS/PERSONA | MÁX. 13.5% |
Para conseguir las deducciones más favorbles, en el caso del IRPF para Cataluña, con esta fiscalidad se deberá cumplir como mínimo una de estas condiciones:
- ser menor de 33 años.
- haber estado en situación de desempleo durante más de 180 días durante el ejercicio fiscal.
- teneru un grado de discapacidad mayor al 65%.
- formar parte de una unidad familiar que incluya un hijo como mínimo en la fecha de meritación del impuesto.
"Buenas cuentas, conservan amistades"
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